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Contrato de instalación eléctrica

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CONTRATO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA

En [Lugar: Ej. Asunción], República del Paraguay, a los [Fecha: Ej. 08/05/2026], comparecen por una parte [Nombre completo: Ej. Juan Pérez], con C.I. N° [C.I. N°: Ej. 1.234.567], RUC [RUC: Ej. 80012345-6], domiciliado en [Domicilio: Ej. Asunción, Paraguay], quien en adelante será denominado "EL CONTRATANTE"; y por la otra [Nombre completo: Ej. María González], con C.I. N° [C.I. N°: Ej. 2.345.678], RUC [RUC: Ej. 80123456-7], domiciliado en [Domicilio: Ej. San Lorenzo, Paraguay], quien en adelante será denominado "EL CONTRATADO" o "EL PROVEEDOR", según corresponda. Las partes manifiestan tener capacidad suficiente para obligarse y convienen celebrar el presente instrumento privado, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO

El CONTRATANTE encomienda al CONTRATISTA la instalación eléctrica de [Inmueble o sector: Ej. local comercial completo], conforme a las condiciones técnicas, económicas y operativas indicadas en este contrato y en los anexos que las partes incorporen por escrito.

SEGUNDA: DESCRIPCIÓN DE LA OBRA O SERVICIO

El alcance comprende [Descripción de la obra o servicio: Ej. trabajos, medidas, ubicación, planos, presupuesto y especificaciones], debiendo ejecutarse en [Lugar de ejecución: Ej. Asunción, Paraguay] con calidad profesional y observancia de normas municipales, técnicas y de seguridad que resulten aplicables.

TERCERA: PRECIO Y FORMA DE PAGO

El precio total será [Precio de instalación: Ej. Gs. 12.000.000]. Los pagos se realizarán contra [Hitos de pago: Ej. anticipo, avance certificado y saldo final], mediante recibo, factura, transferencia bancaria o comprobante suficiente.

CUARTA: PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución será [Plazo técnico: Ej. 20 días]. Las demoras por lluvia, fuerza mayor, falta de materiales provistos por el contratante o cambios aprobados por escrito podrán justificar reprogramación razonable.

QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

El CONTRATISTA deberá ejecutar los trabajos con personal idóneo, herramientas adecuadas, cuidado del inmueble, cumplimiento de instrucciones técnicas y comunicación oportuna de riesgos, atrasos o adicionales necesarios.

SEXTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE

El CONTRATANTE deberá facilitar acceso al lugar, entregar información, planos o permisos disponibles, aprobar avances en tiempo razonable y pagar el precio conforme al calendario pactado.

SÉPTIMA: MATERIALES

Los materiales serán [Materiales eléctricos: Ej. cables, llaves, tablero y cañerías según presupuesto], debiendo dejarse constancia de marcas, cantidades, calidad, sustituciones y materiales sobrantes cuando corresponda.

OCTAVA: RESPONSABILIDAD POR DAÑOS

Cada parte responderá por los daños directos causados por culpa, negligencia, impericia o incumplimiento propio, sin perjuicio de seguros, garantías o responsabilidades de terceros que pudieren existir.

NOVENA: RECEPCIÓN DE LA OBRA

Finalizados los trabajos, las partes labrarán acta de recepción, con o sin observaciones. Las observaciones deberán describirse por escrito y corregirse dentro de un plazo razonable según su naturaleza.

DÉCIMA: RESCISIÓN

El contrato podrá rescindirse por incumplimiento grave, abandono de obra, falta de pago, imposibilidad sobrevenida o acuerdo escrito, previa intimación fehaciente cuando corresponda por la naturaleza del incumplimiento.

DÉCIMA PRIMERA: JURISDICCIÓN

Para toda controversia derivada del presente contrato, las partes se someten a los tribunales ordinarios competentes de la República del Paraguay, sin perjuicio de normas imperativas aplicables por materia o territorio.

DÉCIMA SEGUNDA: DOCUMENTACIÓN Y FORMALIZACIÓN

Las partes conservarán presupuestos, comprobantes, comunicaciones, autorizaciones, actas, remitos, certificados, planos, documentos tributarios y demás respaldos vinculados al presente contrato. Cuando el acto requiera formalidades especiales, certificación de firmas, escritura pública, inscripción, autorización administrativa o intervención profesional, las partes deberán adecuarlo a la normativa paraguaya aplicable.

DÉCIMA TERCERA: MEDIOS DE PRUEBA Y BUENA FE

Las partes reconocen como antecedentes útiles los documentos firmados, mensajes, correos electrónicos, comprobantes digitales, fotografías, registros de entrega y constancias de aceptación relacionados con la ejecución del acuerdo, sin perjuicio de la valoración que corresponda a la autoridad competente. La interpretación del contrato se realizará de buena fe y conforme a su finalidad práctica en la República del Paraguay.

ACEPTACIÓN Y FIRMAS

Leído que fue el presente contrato por las partes y en prueba de conformidad, firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados al inicio.

Firma del CONTRATANTE: ___________________________

Aclaración: ___________________________

Firma del CONTRATADO / PROVEEDOR: ___________________________

Aclaración: ___________________________

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