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Contrato de Desarrollo de Software

Versión: Corta

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CONTRATO DE DESARROLLO DE SOFTWARE

En la ciudad de Asunción, República del Paraguay, a los [Fecha: Ej. 02/05/2026], comparecen por una parte [Nombre Parte A: Ej. Juan Pérez], con C.I. N° [C.I. Parte A: Ej. 1.234.567], domiciliado en [Domicilio Parte A: Ej. Asunción], quien en adelante será denominado "PARTE A"; y por la otra [Nombre Parte B: Ej. María González], con C.I./RUC N° [C.I./RUC Parte B: Ej. 80012345-6], domiciliado en [Domicilio Parte B: Ej. San Lorenzo], quien en adelante será denominado "PARTE B". Las partes manifiestan tener capacidad suficiente para obligarse y convienen celebrar el presente instrumento privado, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO

La PARTE A y la PARTE B acuerdan el desarrollo a medida de [Software: Ej. sistema de reservas web], conforme a alcance, hitos y criterios de aceptación acordados. El presente contrato se interpreta de buena fe, conforme a su finalidad económica y al uso prudente del tráfico jurídico paraguayo.

SEGUNDA: PRECIO Y FORMA DE PAGO

Como contraprestación, precio, canon, aporte o reconocimiento económico, según la naturaleza del acto, las partes establecen [Precio del proyecto: Ej. USD 5,000 (cinco mil dólares estadounidenses)], pagadero por hitos contra aprobación. Todo pago deberá documentarse mediante recibo, comprobante bancario o constancia escrita suficiente.

TERCERA: PLAZO

El plazo o vigencia será [Plazo estimado: Ej. 120 días], sujeto a entrega oportuna de contenidos, accesos y validaciones del CLIENTE. Cualquier prórroga, suspensión o modificación deberá realizarse por escrito, firmada física o digitalmente por las partes.

CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES

  • El DESARROLLADOR implementará funcionalidades descritas y corregirá defectos reproducibles dentro del período de garantía pactado.
  • El CLIENTE entregará accesos, textos, imágenes, reglas de negocio y aprobaciones en tiempo razonable.
  • Los cambios fuera de alcance serán presupuestados antes de ejecutarse.

OCTAVA: JURISDICCIÓN

Para cualquier controversia derivada del presente instrumento, las partes procurarán una solución amistosa. De persistir el desacuerdo, se someten a los tribunales ordinarios competentes de la República del Paraguay, sin perjuicio de las reglas imperativas aplicables por materia o territorio.

NOVENA: ACEPTACIÓN

Leído que fue el presente por las partes y en prueba de conformidad, firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados al inicio.

Firma PARTE A: ___________________________

Firma PARTE B: ___________________________

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